CRITERIOS DE ACTUACIÓN
Conclusiones y acuerdos aprobados por titulares de los juzgados de vigilancia penitenciaria y fiscales de vigilancia penitenciaria en sus reuniones periódicas
Los denominados "Criterios Comunes de actuación" son conclusiones y acuerdos aprobados por titulares de los juzgados de vigilancia penitenciaria y fiscales de vigilancia penitenciaria en sus reuniones periódicas, acerca de la interpretación de los preceptos relativos a su actuación y relacionados con el ejercicio de sus competencias.
Tienen especial valor jurídico los criterios de actuación de los jueces/zas de vigilancia penitenciaria. En los sucesivos encuentros o jornadas (la primera de estas reuniones tuvo lugar en abril de 1982), los criterios son sometidos a votación por los titulares de los juzgados, luego puestos por escrito y actualizados, sistematizados y refundidos, expresando su parecer unánime o mayoritario en aspectos tales como la exégesis de la normativa penal y penitenciaria, la determinación del alcance de sus competencias o propuestas de modificación o reforma legislativa.
A pesar de no ser vinculantes, los criterios tienen gran valor doctrinal y han permitido actuar con cierta unidad en materias no reguladas o reguladas de forma incompleta, supliendo en cierto modo la defectuosa regulación de las competencias de los juzgados de vigilancia, así como a la ausencia de una ley procesal específica que regule su procedimiento
Criterios de actuación de los juzgados de vigilancia penitenciaria (último texto consolidado año 2022)