EL FIES

El FIES (Fichero de Internos de Especial Seguimiento) es una base de datos de carácter administrativo que almacena información sobre determinadas personas internadas en centros penitenciarios, en atención a sus circunstancias especiales, con el objetivo de conseguir una adecuada gestión regimental del sistema penitenciario para garantizar la seguridad y prevenir incidentes. El desarrollo del llamado FIES ha venido de la mano de Instrucciones y Circulares del Centro Directivo de IIPP, remontándose a 1989.

En la actualidad, se distinguen cinco colectivos de personas privadas de libertad que requieren un seguimiento administrativo pormenorizado:

  • FIES-1 Control Directo, donde se incluyen aquellas personas especialmente conflictivas y peligrosas, protagonistas o inductoras de alteraciones regimentales muy graves que hayan puesto en peligro la vida o integridad de otras personas.
  • FIES-2 Delincuencia Organizada, donde se incluyen personas en relación a delitos cometidos en el seno de organizaciones o grupos criminales, tanto en las conductas de pertenencia como en agravaciones de otros tipos penales, o vinculadas con asociaciones ilícitas.
  • FIES-3 Bandas Armadas, donde se incluyen personas en relación a delitos relativos a bandas armadas u organizaciones terroristas, así como colaboradores.
  • FIES-4 Fuerzas de Seguridad y Funcionarios de IIPP, donde se incluyen personas que antes de ingresar en prisión pertenecen a estos colectivos profesionales.
  • FIES-5 Características Especiales, donde se incluyen diversos grupos de personas que precisan un especial seguimiento por sus características peculiares: historial penitenciario de alta conflictividad, autores de delitos graves contra las personas o contra la libertad sexual que hayan generado gran alarma social, condenados por el Tribunal Penal Internacional, colaboradores contra organizaciones criminales, etc.

La controversia sobre su legalidad

Se ha afirmado por ciertos sectores doctrinales que el FIES supone una suerte de régimen penitenciario encubierto para las personas a las que se aplica, identificado con el régimen cerrado. Sin embargo, en la actualidad la inclusión en el FIES no implica la aplicación de un régimen penitenciario determinado, sino mayores medidas de precaución o estrategias preventivas y de intercambio de información que no comportan, por sí mismas, restricciones de derechos. Las restricciones de derechos vendrán en definitiva, del grado de clasificación y del régimen penitenciario que resulte aplicable. En consecuencia, con los FIES se trata, ante todo, de identificar a aquellas personas que revelan un mayor riesgo para el buen orden del establecimiento enfocando así los esfuerzos materiales y personales de la forma más eficiente.

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